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Cómo factura un dentista (IVA exento en asistencia sanitaria)

Tipo de actividad: actividad profesional sanitaria.

Importante: tu actividad sanitaria suele estar exenta de IVA. Aun exenta, sigues teniendo obligaciones de facturación; VERI*FACTU también te aplica.

IVA

La asistencia dental a personas (diagnóstico, prevención y tratamiento) está exenta de IVA (art. 20.Uno.3º LIVA). Los tratamientos con finalidad puramente estética, sin fin terapéutico, pueden llevar IVA: confírmalo caso a caso.

Retención de IRPF

Si tributas como profesional, en facturas a empresas puede aplicar retención del 15% (7% al inicio). A pacientes particulares no.

Gastos que sueles poder deducir

  • Equipamiento y material dental
  • Alquiler de la clínica
  • Colegiación
  • Laboratorio protésico
  • Cuota de autónomos
  • Formación y seguro

Deducibles si están afectos a tu actividad y bien justificados con factura.

Información general y orientativa; tu caso concreto puede variar. Confírmalo con tu asesor o en la sede de la AEAT.

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