Tipo de actividad: actividad profesional.
Tus servicios de fotografía llevan IVA general del 21%.
Si tributas como actividad profesional, en facturas a empresas aplicas retención del 15% (7% al inicio). Confirma con tu asesor si tu actividad es profesional o empresarial, porque cambia la retención.
Deducibles si están afectos a tu actividad y bien justificados con factura.
Información general y orientativa; tu caso concreto puede variar. Confírmalo con tu asesor o en la sede de la AEAT.
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