Tipo de actividad: actividad profesional.
La clave está en la materia, no en quién da la clase. Las clases particulares sobre materias incluidas en algún plan de estudios del sistema educativo español (por ejemplo, matemáticas, lengua, un idioma como asignatura, física, apoyo escolar de primaria o secundaria) están exentas de IVA (art. 20.Uno.9º y 10º LIVA), tanto si las das tú directamente como si trabajas a través de una academia. En cambio, clases sobre materias que no forman parte de un plan de estudios reglado (por ejemplo, un taller de ocio, ciertos cursos de informática de usuario o manualidades) suelen llevar IVA del 21%. Si impartes varias materias distintas, conviene revisar cada una por separado con tu asesor o en la sede de la AEAT antes de decidir si factura con o sin IVA.
Como profesional, en facturas a academias, empresas o a otros profesionales aplicas retención de IRPF del 15% (7% el año de alta y los dos siguientes). A las familias o alumnos particulares no se retiene.
Deducibles si están afectos a tu actividad y bien justificados con factura.
Información general y orientativa; tu caso concreto puede variar. Confírmalo con tu asesor o en la sede de la AEAT.
IVA, retención y tus impuestos calculados solos, cumpliendo VERI*FACTU. Prueba gratis 30 días.
Empieza gratis