Tipo de actividad: actividad profesional sanitaria.
La asistencia sanitaria a personas físicas está exenta de IVA (art. 20.Uno.3º LIVA). La psicología clínica/sanitaria suele quedar exenta; otros servicios (formación no reglada, coaching, informes para terceros) pueden llevar IVA. Confírmalo.
Como profesional, en facturas a empresas aplica retención del 15% (7% al inicio). A particulares no se retiene.
Deducibles si están afectos a tu actividad y bien justificados con factura.
Información general y orientativa; tu caso concreto puede variar. Confírmalo con tu asesor o en la sede de la AEAT.
IVA, retención y tus impuestos calculados solos, cumpliendo VERI*FACTU. Prueba gratis 30 días.
Empieza gratis